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Ruego que publiquen la norma de patios con sus anexos Puede descargarse en pdf: HD-91 de la Generalidad Valenciana. Dado el fuerte desnivel que se aprecia en las parcelas 3.1, 3.2 y 3.3. ¿Como se aplica la normativa en cuanto a altura de vuelos sobre la acera en terrenos inclinados? ¿Punto medio de fachada, escalonado en franjas,...? La altura libre mínima sobre la acera de 3,20 metros deberá cumplirse en todos los puntos. Si se agrupan las parcelas 3.1, 3.2 y 3.3 en un único edificio, ¿se debe mantener la altura máxima de cornisa de las tres parcelas de manera independiente? o ¿se puede considerar como una única parcela a efectos de la altura máxima? Se puede considerar como una única parcela, no se debería superar la altura de cornisa de 12,50 metros (¡movámonos dentro de los límites de lo razonable!) ¿El lado Sur-Oeste de la parcela 3.3 (contiguo al muro existente), ¿se considera medianera? y por tanto, ¿debe considerarse como un muro ciego? Sí. El lado entre los vértices 88 y 89 de la Parcela 3.3 tiene un ancho de 17,50 m, pero según ordenanzas la profundidad edificable debe ser máximo de 16 metros. ¿Que criterio ha de adoptarse? En este caso concreto es algo superior, como usted apunta, y está definida por la huella de edificación. Deberá respetarse tal y como aparece en la documentación gráfica. ¿La proporción entre tipologías de vivienda se reparte de forma global entre las tres parcelas o se le aplica a cada una de ellas? Como hemos dicho anteriormente las parcelas 3.1, 3.2 y 3.3 podrán tratarse como una única parcela. En las fotos que adjuntáis se ve que los edificios colindantes a la parcela 2.2 (Parcelas 1.1, 1.2, 2.1) tienen una altura más en el ático. ¿Quiere decir que se puede plantear una propuesta con áticos quedándose en PB+4? Sí. Se puede plantear una propuesta con PB+3+ático retranqueado 3 metros de la línea de fachada, que en caso de dedicarse a vivienda estará vinculado a la vivienda de la planta inferior y computará a efectos del cálculo de la edificabilidad. Queremos saber si los espacios libres alrededor de las parcelas en cuestión pueden ser tratados en nuestra propuesta como espacio público. Efectivamente se trata de espacios libres públicos. ¿Qué norma hay que tener en cuenta acerca de posibles patios? La norma HD-91 de la Generalidad Valenciana: (pulsar en este enlace) El linde sur oeste de la parcela 3.3 es un muro existente, ¿linda con otra propiedad o con vial publico? El objeto de la pregunta es saber si es medianera o fachada. Se trata de una medianera con antiguas edificaciones privadas. ¿Es necesario realizar trasteros como en las viviendas convencionales de protección? Sería conveniente realizar un trastero por vivienda. ¿Se pueden utilizar las azoteas en cubierta para trasteros? En caso afirmativo ¿en que profundidad de la fachada volada o no? Se podrá realizar una planta de ático retranqueada tres metros de la línea de fachada con destino a trastero e instalaciones del edificio o a vivienda si está vinculado a la de la planta inferior. Los áticos no computarán a efectos de edificabilidad si se destinan a trasteros o instalaciones, pero sí cuando su destino sea vivienda. ¿Es obligado realizar los trasteros en el sótano con los aparcamientos? Los trasteros se podrán realizar en la planta sótano, planta bajo cubierta o planta ático. ¿Cuales son los límites físicos del ámbito completo al que hay que dar respuesta arquitectónica? Los indicados en la documentación. Las parcelas 2.2, 3.1, 3.2 y 3.3 ¿El lado entre los vértices 88 y 89 de la parcela 3.3 es medianero? Sí, con antiguas edificaciones privadas. ¿Seria posible disponer de la coordenada z de los vértices de las parcelas 3.1, 3.2 y 3.3 ya que se aprecia en las fotos que existe una diferencia de nivel? Este dato se publicará en la página web lo antes posible. Entre tanto las fotografías dan una idea bastante clara de la mencionada diferencia de nivel. La zona ajardinada que abarca la edificación en forma de U, ¿es espacio libre público o privado? ¿Es por tanto susceptible de aprovechamiento bajo rasante como aparcamiento? Se trata de espacio público ajardinado que no podrá ser ocupado bajo rasante. En el concurso de las 98 viviendas en Utiel, no se especifica el uso de la planta baja y observando las edificaciones colindantes correspondientes a actuaciones de V.P.O. se ve que las plantas bajas están destinadas a locales comerciales. Haciendo una primera estimación de las superficies, parece que la planta baja se necesita para cumplir los metros demandados de vivienda. Toda la edificabilidad, incluida la planta baja, deberá ser destinada a viviendas. ¿Se necesita disponer locales comerciales en planta baja o esta ha de ser aprovechada para uso residencial? Exclusivamente para uso residencial. En las parcelas 3.1, 3.2 y 3.3, ¿se puede hacer una propuesta conjunta sin tener en cuenta sus límites individuales? (que puedan tener elementos de comunicacion vertical comunes, viviendas incluidas en dos parcelas, etc.). ¿Se pueden modificar los volúmenes contenedores de las tres parcelas? (realización de un estudio de detalle). La propuesta conjunta es totalmente viable, tan sólo sería preciso tramitar un sencillo expediente de agrupación de parcelas, por lo que el límite entre estas desaparecería. La nueva edificabilidad sería la suma de la edificabilidad de las parcelas originales. En cuanto a la modificación de los volúmenes contenedores de las tres parcelas, no entendemos la pregunta, ya que la ocupación de las parcelas es del 100% De los planos facilitados en el apartado de "Documentación" no puede desprenderse la topografía de la parcela. ¿Sería posible conseguir algún levantamiento de los emplazamientos? Esta en preparación un levantamiento topográfico del que no podremos disponer hasta finales de septiembre, no obstante se han añadido fotografías del estado actual de las parcelas en la página web a través de las cuales los concursantes podrán hacerse una idea muy clara de las mismas El conjunto de las tres parcelas 3.1, 3.2 y 3.3 forma una U. ¿La separación entre dichas parcelas tiene que ser obligatoriamente una junta estructural (trabajar el proyecto como si fuese 3 bloques) o por lo contrario las juntas estructurales pueden situarse en otros sitios? Pregunta ya contestada. Podrá considerarse como una única parcela. ¿Sería una opción posible trabajar en algún sitio del proyecto con mas de 4 plantas restando plantas en otro (con tal de no incrementar la edificabilidad)? ¿O hay que respetar la altura máxima de 4 plantas en todo el conjunto?. Aumentar el número de plantas exige una engorrosa tramitación de modificación del plan parcial en la que intervienen otros organismos y administraciones ajenas al organizador del concurso. El concursante deberá valorar el hecho de que sus opciones de ganar disminuirán en la misma medida que aumenten las dificultades para una inmediata ejecución del proyecto. ¿El perímetro marcado de cada parcela es una línea que hay que respectar como en una alineación de vial o por el contrario se puede pensar en un edificio con entrantes y salientes todos ellos dentro del perímetro marcado? El hecho de no colmatar la parcela ajustando la edificación a su perímetro implica perder edificabilidad. El concursante deberá sopesar el hecho de que por cada 100 m2 de edificabilidad no aprovechada una familia perderá la oportunidad de acceder a una vivienda y valorar si la calidad de su propuesta lo compensa. ¿Se podría colgar en la Web, la normativa de patios HD-91 y dar una pequeña explicación de lo que se entiende por patios de parcela abiertos e interiores? Estamos a la espera de recibir esta información, de la que probablemente no podamos disponer hasta septiembre, no obstante, el jurado no pondrá problemas a unos "buenos" patios que no cumplan con las dimensiones mínimas de igual modo que no valorará patios insalubres que sí las cumplan. ¿Las plantas bajas tienen que ser únicamente de viviendas o una parte debe ser para locales comerciales? ¿Y en que porcentaje? Toda la planta baja deberá estar ocupada por viviendas. ¿Las plazas de aparcamiento se pondrán en planta sótano? ¿Cuantas plantas se prevé realizar de sótano? ¿Se pueden poner plazas de aparcamiento en planta baja? Lo deseable sería no perder edificabilidad colocando los garajes en planta baja, situándolos en una o dos plantas sótano. |